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5. Planificación de la Prevención
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La prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de la
empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos sus niveles jerárquicos, a través de la
implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales.
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Este plan deberá incluir la estructura organizativa, las responsabilidades, funciones, prácticas,
procedimientos, procesos y los recursos necesarios para realizar la acción preventiva en la empresa.
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Los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del plan de prevención que podrán ser
llevados a cabo por fases de forma programada son: la Evaluación de Riesgos Laborales y la Planificación de la
Actividad Preventiva:
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Evaluación Inicial de Riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, teniendo en cuenta
la actividad, características de los puestos de trabajo y de los trabajadores que los desempeñan. Ésta se
actualizará cuando cambien las condiciones de trabajo y si fuera necesario el empresario realizará controles
periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores en la prestación de sus servicios
para detectar situaciones peligrosas.
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Si la evaluación de riesgos pusiera de manifiesto situaciones de riesgo, el empresario realizará
aquellas actividades preventivas necesarias para eliminar, reducir o controlar dichos riesgos. Para lo que deberá
designar los responsables, los recursos humanos y materiales necesarios para su ejecución y el tiempo necesario para
llevarlo a cabo.
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En caso de que se produjera un daño para la salud de los trabajadores o cuando, con ocasión de la
vigilancia de la salud, aparezcan indicios de que las medidas de prevención resulten insuficientes, el empresario
llevará a cabo una investigación con el fin de detectar las causas.
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5.1 Evaluación de Riesgos Laborales y la Planificación de la Actividad Preventiva:
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La acción preventiva requiere una evaluación inicial que ponga de manifiesto las situaciones
de riesgo existentes en la empresa.
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Evaluación de los Riesgos:
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La Evaluación de Riesgos es un proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que
no sea posible evitar, obteniendo la información necesaria para que el empresario pueda adoptar las medidas
preventivas necesarias para reducir el peligro.
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De aquí cabe destacar tres aspectos:
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- Es un proceso dinámico que debe ser actualizado periódicamente y cuando las condiciones
de trabajo cambien o un trabajador sufra daño.
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- Estima o valora los riesgos en función de la probabilidad de que se produzca el daño y
la consecuencia del daño.
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- Permite al empresario tomar las medidas adecuadas para garantizar la seguridad y la
protección de la salud de los trabajadores.
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Fases de la Evaluación:
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1) Obtener información sobre la organización, características y complejidad del trabajo,
sobre las materias primas y los equipos de trabajo existentes en la empresa, así como del estado de salud de
los trabajadores.
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2) Identificar los elementos peligrosos y los trabajadores expuestos a ellos.
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3) Valorar los riesgos en función de criterios objetivos, analizando la probabilidad del
daño y sus consecuencias y clasificarlos, para llegar a una conclusión sobre la necesidad de evitar, controlar
y reducir el riesgo.
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4) Determinar las prioridades y relacionar las medidas de control
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5) Revisión periódica de la evaluación inicial (atendiendo a lo establecido en la Ley).
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6) Documentar el proceso, al menos con la identificación de los puestos de trabajo, riesgo
existente, relación de trabajadores afectados, resultado de las evaluaciones, medidas adoptadas y descripción de
los procedimientos, métodos de medición, análisis o ensayo utilizados.
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Planificación de la Actividad Preventiva:
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El empresario, si una vez realizada la evaluación, detecta algún riesgo, debe llevar a cabo una
planificación de la actividad preventiva, con objeto de eliminar o controlar y reducir los riesgos.
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Se realiza con un orden de prioridades en función de su magnitud y número de trabajadores expuestos
a los mismos, así como un seguimiento y controles periódicos.
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En la planificación se tendrá en cuenta la existencia en su caso, de disposiciones legales
relativas a riesgos específicos, así como los principios de acción preventiva señalados en el artículo 15 de la
Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
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Contenido:
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- Incluirá en todo caso, los medios humanos y materiales necesarios.
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- Asignación de recursos económicos precisos para la consecución de los objetivos propuestos.
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- Las medidas de emergencia y Vigilancia en la Salud, previstas en la Ley.
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- Información y formación de los trabajadores en materia preventiva.
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- Se establecerá un seguimiento y control periódico, si la actividad preventiva a desarrollar
fuese superior al año, se deberá establecer un programa anual de actividades.
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Cuadro resumen
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