5. Planificación de la Prevención

La prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos sus niveles jerárquicos, a través de la implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales.


Este plan deberá incluir la estructura organizativa, las responsabilidades, funciones, prácticas, procedimientos, procesos y los recursos necesarios para realizar la acción preventiva en la empresa.


Los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del plan de prevención que podrán ser llevados a cabo por fases de forma programada son: la Evaluación de Riesgos Laborales y la Planificación de la Actividad Preventiva:


Evaluación Inicial de Riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, teniendo en cuenta la actividad, características de los puestos de trabajo y de los trabajadores que los desempeñan. Ésta se actualizará cuando cambien las condiciones de trabajo y si fuera necesario el empresario realizará controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores en la prestación de sus servicios para detectar situaciones peligrosas.


Si la evaluación de riesgos pusiera de manifiesto situaciones de riesgo, el empresario realizará aquellas actividades preventivas necesarias para eliminar, reducir o controlar dichos riesgos. Para lo que deberá designar los responsables, los recursos humanos y materiales necesarios para su ejecución y el tiempo necesario para llevarlo a cabo.


En caso de que se produjera un daño para la salud de los trabajadores o cuando, con ocasión de la vigilancia de la salud, aparezcan indicios de que las medidas de prevención resulten insuficientes, el empresario llevará a cabo una investigación con el fin de detectar las causas.


5.1 Evaluación de Riesgos Laborales y la Planificación de la Actividad Preventiva:


La acción preventiva requiere una evaluación inicial que ponga de manifiesto las situaciones de riesgo existentes en la empresa.


Evaluación de los Riesgos:


La Evaluación de Riesgos es un proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no sea posible evitar, obteniendo la información necesaria para que el empresario pueda adoptar las medidas preventivas necesarias para reducir el peligro.


De aquí cabe destacar tres aspectos:


- Es un proceso dinámico que debe ser actualizado periódicamente y cuando las condiciones de trabajo cambien o un trabajador sufra daño.

- Estima o valora los riesgos en función de la probabilidad de que se produzca el daño y la consecuencia del daño.

- Permite al empresario tomar las medidas adecuadas para garantizar la seguridad y la protección de la salud de los trabajadores.


Fases de la Evaluación:


1) Obtener información sobre la organización, características y complejidad del trabajo, sobre las materias primas y los equipos de trabajo existentes en la empresa, así como del estado de salud de los trabajadores.


2) Identificar los elementos peligrosos y los trabajadores expuestos a ellos.


3) Valorar los riesgos en función de criterios objetivos, analizando la probabilidad del daño y sus consecuencias y clasificarlos, para llegar a una conclusión sobre la necesidad de evitar, controlar y reducir el riesgo.


4) Determinar las prioridades y relacionar las medidas de control


5) Revisión periódica de la evaluación inicial (atendiendo a lo establecido en la Ley).


6) Documentar el proceso, al menos con la identificación de los puestos de trabajo, riesgo existente, relación de trabajadores afectados, resultado de las evaluaciones, medidas adoptadas y descripción de los procedimientos, métodos de medición, análisis o ensayo utilizados.


Planificación de la Actividad Preventiva:


El empresario, si una vez realizada la evaluación, detecta algún riesgo, debe llevar a cabo una planificación de la actividad preventiva, con objeto de eliminar o controlar y reducir los riesgos.


Se realiza con un orden de prioridades en función de su magnitud y número de trabajadores expuestos a los mismos, así como un seguimiento y controles periódicos.


En la planificación se tendrá en cuenta la existencia en su caso, de disposiciones legales relativas a riesgos específicos, así como los principios de acción preventiva señalados en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.


Contenido:


- Incluirá en todo caso, los medios humanos y materiales necesarios.

- Asignación de recursos económicos precisos para la consecución de los objetivos propuestos.

- Las medidas de emergencia y Vigilancia en la Salud, previstas en la Ley.

- Información y formación de los trabajadores en materia preventiva.

- Se establecerá un seguimiento y control periódico, si la actividad preventiva a desarrollar fuese superior al año, se deberá establecer un programa anual de actividades.

 
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